CALATAYUD.- En contestación a un vecino de Calatayud que nos preguntaba por la circulación de monopatines eléctricos

Infraestructuras
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No pueden circular a más de 25 kilómetros la hora aunque no existe ordenanza municipal sobre los mismos

Ibdes


Hace unos días recibíamos una pregunta de un lector respecto a la circulación de monopatines eléctricos por la ciudad, con una serie de preguntas específicas respecto a las mismas. Calatayudnoticias se ponía en contacto con el concejal responsable de Movilidad en el Ayuntamiento de Calatayud, José Camarzana, que muy amablemente nos respondía a esas cuestiones.
En principio a nivel municipal no hay ninguna ordenanza que regule la circulación de estos monopatines aunque los mismos están sujetos a la regulación nacional como nos explicaba el concejal, “hay una regulación nacional sobre este tipo de vehículos. No pueden circular por zonas de peatones y tampoco por travesías y en todo momento están sujetos a respetar  cualquier tipo de señalización”. Por lo tanto, monopatines eléctricos no pueden circular por aceras ni lugares reservados a peatones.
Otra de las preguntas que nos realizaba este lector respondía a la velocidad máxima a la que pueden circular. Según el responsable de movilidad del Ayuntamiento, “la velocidad máxima a la que pueden circular es de 25 kilómetros a la hora”.
Como en muchas otras cosas la evolución de la tecnología va mucho más rápido que la regulación y las normas. Hace falta posiblemente una reglamentación más específica sobre este tipo de vehículos, algo que se está tratando a nivel nacional. No obstante, resulta interesante destacar que este tipo de vehículos, como el resto, están sujetos a las normas de circulación generales y deben de respetar cualquier tipo de señal.

 

Algunas normas generales

Velocidad máxima limitada entre 6 y 25 km/h


No se consideran vehículos a motor y no están obligados a contratar un seguro (a los propietarios particulares)

Prohibido circular por vías interurbanas

No es necesario permiso de circulación, aunque es obligatorio el certificado de circulación

No será obligatorio matricularlos

En algunas localidades, principalmente en grandes ciudades, si que se ha procedido a realizar ordenanzas para la regulación de este tipo de vehiculos.

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